Gestión empresaria. Saldos de IVA, un problema que puede ser oportunidad

El CPN Alejandro Larroudé resalta la importancia de un análisis de las alternativas disponibles para capitalizar el saldo a favor del IVA y optimizar el flujo financiero.

Gestión empresaria

El productor agropecuario argentino tributa a distintas tasas de IVA. Esta particularidad hace que, en muchos períodos, acumule saldo a favor que, al no ser de libre disponibilidad, podrá utilizar solamente para compensar el Impuesto al Valor Agregado en meses futuros.

Además, por lo general este tipo de capital inactivo se va incrementando a lo largo de la vida de la empresa por la incidencia de gastos propios de la actividad gravados a tasas del 21%, contra ingresos producto de sus ventas al 10,5%.

Debido a esa dinámica, la empresa agropecuaria se encuentra ante la conveniencia de tomar medidas para evitar que el saldo a favor de IVA limite la liquidez en su flujo de fondos e impacte sobre los resultados de la empresa.

Alternativas para el contribuyente

Vamos a repasar algunas alternativas para capitalizar el saldo a favor de IVA y evitar importantes pérdidas financieras.

El denominador común de estas posibilidades consiste en vincularse con actividades agropecuarias secundarias gravadas en un 21%, para equilibrar la balanza entre la carga impositiva de compras y ventas.

Es importante aclarar que estas alternativas propuestas pueden requerir un esfuerzo inmediato de capital, por lo que el productor deberá analizar si el monto a recuperar amerita incurrir en una actividad que no venía realizando.

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Brindar servicio de hotelería de hacienda, servirá para atenuar el saldo técnico a favor de una empresa agropecuaria.

¿Qué opciones existen?

Toda actividad alcanzada a la tasa del 21% servirá para atenuar el saldo técnico a favor. Seguidamente se mencionan algunas que podrían cooperar en su disminución:

1.- Prestar servicios de siembra en una explotación tambera.

2.- Realizar servicio de fletes.

3.- Celebrar contratos de aparcerías aportando el inmueble rural y NO adquiriendo insumos.

4.- Servicio de hotelería de hacienda.

5.- Contratos de maquila.

6.- Contratos de fasón.

7.- Venta de fardos y rollos.

8.- Restitución de crédito fiscal por inversiones productivas art. 24 LIVA.

Si bien es cierto que realizar cualquiera de estas tareas en forma complementaria a la actividad principal no siempre es sencillo, sería interesante que el productor las considere y las analice oportunamente con sus asesores impositivos, ya que disminuir el saldo a favor técnico representa no solo liquidez inmediata, sino también menor tiempo de inmovilización del dinero, lo que implica directamente menor desvalorización o mayor capacidad de compra.

CPN Alejandro Larroudé

Socio de BL&Cia – Barrero Larroudé – www.blycia.com.ar

El ABC Rural